La jornada atipica
¿ En un regimen atipico, la empresa esta en obliigacion de pagar los feriados?
Es facil confundirse pues el trabajador descansa un numero acumulado de dias . Ejemplo : labora 14 dias y descansa 07 .
¿ Que sucederia si en dichos 14 dias existe un feriado no laborable , por decir 01 de Mayo?
Una piedra en el zapato.
El descanso por feriado no laborado ( para nuestro caso 01 de Mayo ) , no debe mezclarse con la forma de pago establecido por ley.
Para el 01 de Mayo , el trabajador debe cobrar por dicho dia independiente de su tiempo laborado realmente. Es decir :
Si labora 14 dias y descansa 07 .
Se le pagara por 22 dias . Puesto que el dia 01 de Mayo es un monto adicional que debe recibir el trabajador.
Y sobre el descanso
Si el 1 de Mayo es Miercoles , y se labora debe establecer un dia adicional de descanso para compensar su no gozo . Caso contrario se le debe pagar la sobretasa respectiva.
Si el 1 de Mayo cae en domingo , y se labora . Solo se le pagara el dia normal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario