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jueves, 7 de octubre de 2021

Feriado y descanso Vacacional


 Lo que necesitas saber

sobre el feriado del 8 de Octubre

Trabajador  con descanso  Vacacional 

¿ Tiene derecho  a un pago por el feriado?

El pago por el feriado  ya ha sido considerado  en el monto recibido  por vacaciones .. 



martes, 29 de agosto de 2017

30 de Agosto feriado Santa Rosa de Lima

Sobre los días feriados
El miércoles 30 de agosto de 2017 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.

Remuneración por el 30 de Agosto 2017
Ese día que no se trabajan debe ser pagado como un día normal y sin descuentos.
Ejemplo : Si usted gana S/ 50.00 diarias
Deberán pagarle S/ 50.00 por el 30 de Agosto.
¿Debo recuperar las horas no laborar el 30 de Agosto ?
NO.
El no asistir a laborar no genera la obligación de recuperar las horas no trabajadas ese día.


¿ Y qué pasa si el empleador nos ordena laborar el 30 de Agosto ?
Debe existir un acuerdo , no una orden .

Dicho acuerdo es entre los trabajadores que van a laborar y el empleador .

En ese documento se debe indicar que día se gozara del descanso respectivo.

Es decir quedara pendiente el descanso por el 30 de Agosto .

Traslado del día feriado 
Este día feriado se goza en la fecha indicada (30 de Agosto ) , no se traslada a otro día , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.

¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito

¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Si.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo



¿Y si el empleador me hace trabajar el feriado 30 de  Agosto sin descanso sustitutorio ?
Si el empleador no le indica que otro día deberá descansar en reemplazo de los relacionados por el día 30 de Agosto, debe pagarle el triple.

Por ejemplo: Si labora el 30 sin descanso a gozar en otra fecha:
Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.50.

Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.50 (por haber laborado), más S/50 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 50

¿Qué sucede si mi día de descanso semanal obligatorio coincide con el 30 de Agosto, y no laboro?
Es este caso solo se tomara en cuenta el feriado no laborable

Ejemplo: Si su día de descanso semanal obligatorio es el Miércoles   30 y usted descansa dicho día.
Solo se le pagara por el feriado. Si gana S/ 50.00
Solo se le pagara S/ 50.00 por el Miércoles  30.

No le pagaran doble: Es decir
01 por del Descanso semanal obligatorio
01 por el feriado.


Catalogo manuales en legislación laboral peruana 2017



Relación de documentos disponibles  
Actualizados  a la fecha

Descargue catalogo  PULSE AQUI

sábado, 23 de abril de 2016

Feriado 01 de Mayo 2016

En mayo, los trabajadores recibirán su sueldo mensual más la remuneración correspondiente a un día de labores. 

Esto último por coincidir el Día del Trabajo, 1 de mayo, con el domingo

Dia del trabajo 01 de Mayo 2016
Este domingo 1 de mayo 2016 es feriado no laborable en conmemoración de dicha festividad, de acuerdo con el D. Leg. N° 713 y su reglamento, el DS N° 012-92-TR.

Así, cuando un feriado recae en un domingo, correspondiente al descanso semanal, las empresas solo deben pagar a sus trabajadores por el descanso semanal y no por el feriado,

Sin embargo, al recaer este 1 de mayo en un domingo, los trabajadores deberán percibir una remuneración diaria por el descanso semanal y otra por ese feriado, acorde con lo dispuesto por el artículo 9 del DS N° 012-92-TR.

Por tanto, las empresas considerar que el pago por dicho feriado se debe realizar sin condición, aun si el trabajador registra tardanzas o inasistencias durante la semana.

Los trabajadores destajeros
Mientras que los trabajadores destajeros deberán percibir en esta ocasión una remuneración promedio que se calcula dividiendo entre 30 el total de las remuneraciones –consecutivas o no– anteriores al 1 de mayo, según el artículo 10 del DS N° 012-92-TR.

Si labora el 01 de Mayo 
Quien trabaje ese día sin descanso sustitutorio debe percibir una remuneración por el descanso semanal, otra por el feriado y doble remuneración por laborar el 1 de mayo, señala el D. Leg. N° 713.
Es decir, si labora ese día, sin descanso sustitorio, percibirá en total 4 remuneraciones/ día, una de ellas ya incluida en el sueldo.

lunes, 5 de octubre de 2015

Feriado 8 de Octubre 2015


Jueves 08 de Octubre (Combate de Angamos) de 2015



Sobre los días feriados
El Jueves 08 de Octubre de 2015 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.

¿ Eso que significa ?
Que por ley no debe asistir a laborar dicho dia .

¿ Pero me pagaran dicho dia?
Si , la ley establece que dicho dia es pagado sin asistir a laborar

Mi empleador quiere que labore hasta el mediodia del 08 de Octubre ¿ Es eso posible?
No.
El 08 de Octubre es día no laborable completo.




VER INDICE AQUI
Recuperación de horas no laboradas
¿ La empresa me indica que debo recuperar las horas que no laborare el 08 de Octubre ?
No procede dicha recuperación.
El goce del feriado no laborable , no esta sujeto a recuperación de horas según la ley .

¿ Pero si insiste y me indican que me descontaran si recupero ?
Es un acto de hostilidad que debe ser informado a la SUNAFIL.

Traslado del dia feriado
Este día feriado se goza en la fecha indicada ( 08 de Octubre ) , no se traslada a otro dia , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.

¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito

¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Si.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo

¿ Existe obligación de trasladar el dia feriado no laborable a otro dia , cuando coincide con mi descanso semanal ?
No existe obligación laboral de trasladar el día feriado 08 de Octubre, cuando éste coincida con un día no laborable en la empresa o con el descanso semanal obligatorio.


Ejemplo : Manuel a la semana debe descansar los Miercoles
Eso no obliga a la empresa a cambiar su descanso a otro dia de la semana para que pueda gozar del feriado .

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Sobre la coincidencia del feriado con un día no laborable
Respecto del tipo de día en el que cae el feriado, pueden darse tres casos:

a. Que el jueves 08 de Octubre 2015 sea día laborable del trabajador
En cuyo caso se debe tomar el descanso que ordena la ley con el pago de la remuneración correspondiente.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día
sábado (ya incluida en la remuneración común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

b. Que el jueves 08 de Octubre coincida con el descanso semanal obligatorio
El descanso semanal obligatorio podrá coincidir con el feriado.
La coincidencia del descanso semanal obligatorio con el día feriado hace que ambos días se fundan en uno solo.

Si se toma el descanso no hay pago adicional.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día sabado (ya incluida en la común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

Vea además :
¿ Cual fue el origen legal del feriado por 08 de Octubre ?


Base legal
– Decreto Legislativo N° 713 (08.11.91)
– Decreto Supremo N° 012-92-TR (03.12.92)





martes, 21 de julio de 2015

Feriados fiestas patrias 2015

El 28 y 29 de Julio feriados

Por Fiestas Patrias
Base legal : D. Legislativo 713



Algunas dudas a resolver:
El feriado no laborable por el 28 y 29 de Julio 2015. ¿ Se debe laborar esos días ?
Los trabajadores No están obligados a asistir a su centro de labores el feriado.


¿Me pagaran esos días 28 y 29 de Julio al no haber ido a laborar ?
Esos días que no se trabajan debe ser pagados como un día normal y sin descuentos.
Ejemplo : Si usted gana S/ 50.00 diarias
Deberan pagarle S/ 50.00 por el 28 y S/ 50.00 por el 29

¿Debo recuperar las horas no laboradas por el 28 y 29 de Julio ?
NO.
El no asistir a laborar no genera la obligación de recuperar las horas no trabajadas esos dias.

¿ Y qué pasa si el empleador nos ordena laborar el 28 y 29 de Julio ?
Debe existir un acuerdo , no una orden .


Dicho acuerdo es entre los trabajadores que van a laborar y el empleador .

En ese documento se debe indicar que días se gozara del descanso respectivos

Es decir quedara pendiente el descanso por el 28 y 29 de Julio.


http://laboraperu.blogspot.com/2015/03/manual-abc-de-la-legislacion-laboral.html
Manual ABC Legislación laboral 2015
Actualizado : ´Pulse en la imagen
¿ Y si el empleador me hace trabajar el feriado 28 y 29 de Julio sin descanso sustitutorio ?


Si el empleador no le indica que otros dias debera descansar en reemplazo de los relacionados por el dia 28 y 29 de Julio , debe pagarle el triple.

Por ejemplo : Si labora el 28 sin descanso a gozar en otra fecha :
Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.50.

Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.50 ( por haber laborado ) , más S/50 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 50

Por ejemplo : Si labora el 29 de Julio sin descanso a gozar en otra fecha .

Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.50.
Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.50 ( por haber laborado ) , más S/50 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 50

¿Qué sucede si mi día de descanso semanal obligatorio coincide con el 28 o el 29 de Julio, y no laboro ?
Es este caso solo se tomara en cuenta el feriado no laborable

Ejemplo : Si su dia de descanso semanal obligatorio es el Martes 28 y usted descansa dicho dia
Solo se le pagara por el feriado . Si gana S/ 50.00
Solo se le pagara S/ 50.00 por el Martes 28.

No le pagaran doble : Es decir
01 por del Descanso semanal obligatorio
01 por el feriado.

¿El sector Publico también gozara del 28 y 29 de Julio 2015?
Si ,
Las situaciones y forma de pago indicadas en este artículo también son aplicables para el sector Público, sean Nombrados Decreto legislativo 276 y para el Personal CAS



Días no laborables compensables para el sector Publico 2015
¿ Y que fue de los días no laborables compensables para el sector Publico?
Por D.S. 051-2015-PCM publicado el 23/07/2015 se ha declarado día no laborable compensable el 23 de Julio 2015

@ctualizate
Revista laboral electronica
Lic. Ricardo Candela Casas

martes, 7 de octubre de 2014

08 de octubre feriado no laborable

Feriado 08 de Octubre  2014
Miércoles  08 de Octubre (Combate de Angamos) de 2014



Sobre los días feriados
El Miércoles   08 de Octubre de 2014 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.

¿ Eso que significa ?
Que por ley no debe asistir a laborar dicho dia .

¿ Pero me pagaran dicho dia?
Si , la ley establece que dicho dia es pagado sin asistir a laborar

Mi empleador quiere que labore hasta el mediodia del 08 de Octubre ¿ Es eso posible?
No.
El 087 de Octubre es día no laborable completo.

Recuperación de horas no laboradas
¿ La empresa me indica que debo recuperar las horas que no laborare el 08 de Octubre ?
No procede dicha recuperación.
El goce del feriado no laborable , no esta sujeto a recuperación de horas según la ley .

¿ Pero si insiste y me indican que me descontaran si recupero ?
Es un acto de hostilidad  que debe ser informado a la SUNAFIL.

Traslado del dia feriado
Este día feriado se goza en la fecha indicada ( 08 de Octubre ) , no se traslada a otro dia , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.

¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito

¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Si.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo

¿ Existe obligación de trasladar el dia feriado no laborable a otro dia , cuando coincide con mi descanso semanal ?
No existe obligación laboral de trasladar el día feriado 08 de Octubre, cuando éste coincida con un día no laborable en la empresa o con el descanso semanal obligatorio.

Ejemplo : Manuel  a la semana debe descansar los Miercoles
Eso no obliga a la empresa a cambiar su descanso a otro dia de la semana para que pueda gozar del feriado .

Sobre la coincidencia del feriado con un día no laborable
Respecto del tipo de día en el que cae el feriado, pueden darse tres casos:

a. Que el miércoles  08 de Octubre  sea día laborable del trabajador
En cuyo caso se debe tomar el descanso que ordena la ley con el pago  de la remuneración correspondiente.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día
sábado (ya incluida en la remuneración común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

b. Que el miércoles  08 de Octubre  coincida con el descanso semanal obligatorio
El descanso semanal obligatorio podrá coincidir con el feriado.
La coincidencia del descanso semanal obligatorio con el día feriado hace que ambos días se fundan en uno solo.

Si se toma el descanso no hay pago adicional.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día sabado (ya incluida en la común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

Base legal
– Decreto Legislativo N° 713 (08.11.91)
– Decreto Supremo N° 012-92-TR (03.12.92)

Usted busco :
Día feriado – Día no laborable – Descanso en día feriado – Descanso semanal obligatorio – Descanso no gozado – Compensación por trabajo en día de descanso

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jueves, 28 de agosto de 2014

30 de Agosto feriado no laborable

Feriado 30 de agosto 2014
Sábado 30 de agosto (Santa Rosa de Lima) de 2014



Sobre los días feriados
El Sábado  30 de agosto de 2014 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.

¿ Eso que significa ?
Que por ley no debe asistir a laborar dicho día .

¿ Pero me pagaran dicho día?
Si , la ley establece que dicho día es pagado sin asistir a laborar

Mi empleador quiere que labore hasta el mediodía del 30 de Agosto ¿ Es eso posible?
No.
El 30 de agosto es día no laborable completo.

Recuperación de horas no laboradas
¿ La empresa me indica que debo recuperar las horas que no laborare el 30 de Agosto ?
No procede dicha recuperación.
El goce del feriado no laborable , no esta sujeto a recuperación de horas según la ley .

¿ Pero si insiste y me indican que me descontaran si recupero ?
Es un acto de hostilidad  que debe ser informado a la SUNAFIL.

Traslado del día feriado
Este día feriado se goza en la fecha indicada ( 30 de Agosto ) , no se traslada a otro dia , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.

¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito

¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Si.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo

¿ Existe obligación de trasladar el día feriado no laborable a otro día , cuando coincide con mi descanso semanal ?
No existe obligación laboral de trasladar el día feriado 30 de agosto, cuando éste coincida con un día no laborable en la empresa o con el descanso semanal obligatorio.

Ejemplo : Pablo a la semana debe descansar los sábados
Eso no obliga a la empresa a cambiar su descanso a otro día de la semana para que pueda gozar del feriado .

Sobre la coincidencia del feriado con un día no laborable
Respecto del tipo de día en el que cae el feriado, pueden darse tres casos:

a. Que el viernes 30 sea día laborable del trabajador
En cuyo caso se debe tomar el descanso que ordena la ley con el pago  de la remuneración correspondiente.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día
sábado (ya incluida en la remuneración común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

b. Que el sábado 30 coincida con el descanso semanal obligatorio
El descanso semanal obligatorio podrá coincidir con el feriado.
La coincidencia del descanso semanal obligatorio con el día feriado hace que ambos días se fundan en uno solo.

Si se toma el descanso no hay pago adicional.

Si se labora sin que se otorgue descanso sustitutorio, corresponderá pagar: la remuneración por el día sábado (ya incluida en la común), la remuneración por el trabajo realizado y la sobretasa del 100%.

Base legal
– Decreto Legislativo N° 713 (08.11.91)
– Decreto Supremo N° 012-92-TR (03.12.92)

Jornada atípica
¿ Como seria en la jornada atípica ?
En realidad el descanso por el feriado se da dentro del periodo acordado de manera acumulativa .
Por lo cual no existe obligación del pago de indemnización por haberlo laborado..

Usted busco :
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miércoles, 26 de septiembre de 2012

Dia del trabajador minero

05 de Diciembre : dia del trabajador minero El día 5 de diciembre de cada año es declarado como "Día del Trabajador Minero" Feriado no laborable Dicha fecha tiene calidad de feriado no laborable, para los trabajadores de esta rama de actividad que prestan servicios en la minería metálica, así como para los trabajadores metalúrgicos que laboren en la actividad minero - metalúrgica regidos por la Ley General de Minería. Excluidos No están comprendidos dentro de sus alcances, los trabajadores que prestan servicios en las oficinas administrativas ubicadas en localidades distintas a las unidades vinculadas con el proceso de exploración y explotación minera. ¿ Como se paga el dia del trabajador minero ? Para los efectos del goce y pago de las remuneraciones por el citado día, se tendrá en cuenta las normas contenidas en el Decreto Legislativo N° 713, modificado por la Ley N° 26331 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 12-92-TR. Vea tambien : Regimen especial Minero