El Empleador puede reducir la remuneración previamente pactada con el trabajador.
Eso es posible .
La remuneración puede ser reducida hasta el minimo legal o el minimo impuesto por convenio en negociación colectiva .
Debe existir una aceptación por parte del trabajador.
Este supuesto ha sido ratificado por la jurisprudencia laboral peruana.
Base legal : Ley 9463
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