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miércoles, 27 de febrero de 2013

Jornada acumulativa : el limite

El limite a la jornada acumulativa se fija en un plazo de 03 semanas de trabajo ( 21 dias continuos ) que incluye los días de descanso del periodo considerado. ( Y no en 30 dias ) .
No se puede trabajar mas de 24 horas ( por ejemplo 14 dias de trabajo por 7 dias de descanso ) .

Estarian prohibidos las jornadas acumulativas de trabajo /descanso por :
28 x 28 dias
15 x  15 dias
14 x 14 dias
Las mismas que son pactadas usualmente en minería e hidrocarburos


La base legal :
Se toma en cuenta el pronunciamiento del Tribunal constitucional sobre el tema .
En un inicio se estableció que las jornadas laborales eran de 8 horas diarias y 48 horas semanales ( Exp. 4635/2004-AA/TC), pensándose que solo era para el sector minería.

Pero en una resolución rectificatoria quedo aclarado que esa situación no solo era para el sector minería sino para cualquier actividad o sector económico .

El fundamento de dicha resolución se encuentra en el Convenio Nro 01 de la Organización Internacional del Trabajo ( OIT ) , que dice que las jornadas de equipos de trabajo ( que son jornadas atípicas ) , no podrán ser de mas de tres semanas ( 144 horas ).

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